Se acabó el amor…. ¿ahora que hacemos con la hipoteca?

  • Venta de la vivienda

Deshacerse de la vivienda mediante la venta quizás es la primera opción

Por otra parte, esta opción trae dos problemas: por un lado, la venta de la vivienda puede alargar dramáticamente el proceso de divorcio y por el otro es muy probable que no se consiga el precio al que se la compró, visto la devaluación del metro cuadrado que ha experimentado el mercado.

 

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  • La dación en pago

La dación en pago consiste básicamente en saldar la deuda restante del préstamo hipotecario entregando la casa al banco. De esta manera se quedará exentos de la deuda. No obstante, conseguir la dación en pago será muy difícil ya que los bancos tienen repleta su cartera de pisos por embargos y más si esta posibilidad no estaba contemplada en el contrato hipotecario. Y por si fuera poco, será aún más difícil si:

– La deuda restante de la hipoteca representa una gran parte del valor de la vivienda

– La situación financiera es sólida como para poder hacer frente a la hipoteca

– Si en el contrato se habían incluido avalistas que sean solventes

– Hay otras deudas pendientes

  • ¿Y si alguno de los cónyugues quiere la casa?

Si hacer desaparecer la hipoteca es difícil, no lo es menos cuando uno de los cónyuges quiere quedarse con la vivienda. En estos casos existen tres vías, aunque en los tres casos es muy probable que las dos partes continúen figurando en el contrato hipotecario.

  • Sentencia judicial

En este caso, será un juez el que dictamine el destino final de la vivienda. En estas situaciones, si bien el magistrado decide sobre quién recibe la propiedad de la vivienda, es habitual que se dictamine que las dos partes permanezcan sujetas a la hipoteca, aunque sólo la persona que se queda con la casa se haga cargo de las cuotas. El problema con esta fórmula es que si una parte no paga las mensualidades, la otra puede verse embargada.

 

  • Sentencia de divorcio

En el caso de que se tuvieran hijos, se puede llegar a un acuerdo por el cual la parte responsable de la tenencia se quede con la casa. En este caso no se modifican ni la propiedad de la vivienda ni el contrato hipotecario.

  • Extinción del condominio

Una extinción del condominio es un acuerdo al que llega la pareja por la cual una parte le cede la vivienda a la otra. Se trata de un proceso mucho más económico que realizar una escritura de compraventa de la vivienda, pero a fin de cuentas una parte le paga a la otra el valor que le corresponde.

Para llevar a cabo el cambio de titular que requiere este proceso será necesario realizar una novación de la hipoteca, por la que se podrán modificar los responsables de la hipoteca que figuran en el contrato. Desafortunadamente, es aquí donde se suelen encontrar más escollos, puesto que el banco no tiene por qué estar de acuerdo y puede denegar el cambio. La razón es sencilla: al disminuir el número de titulares, se reducen las garantías de pago de la hipoteca.

A menos que la persona que se vaya a hacer cargo del préstamo cuente con un perfil financiero sólido (ahorros, ingresos, estabilidad laboral, antigüedad en el cargo, etcétera) es bastante improbable que el banco vaya a ceder, algo que puede enturbiar el proceso de divorcio.

  • Soluciones alternativas

Si ninguna de las anteriores opciones son viables, existen otras alternativas que se han practicado con mayor frecuencia, especialmente a raíz de la crisis económica. A pesar de que no sean muy populares, debido a la cantidad de conflictos y desacuerdos que pueden generar, se podría alquilar la vivienda o algunas habitaciones, para que con estos pagos se vaya amortizando la hipoteca. Otra opción, poco común, es vivir en el hogar sin hacer vida de pareja, lo que permite ganar tiempo hasta que el mercado se recupere y aparezca una posibilidad de venta.

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