El 28 de septiembre de 2013 la nueva Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización entró en vigor en España. La ley presupone el otorgamiento de documentos especiales permitiendo a los emprendedores residir en el territorio del país. Mucha información sobre este tema ya ha aparecido en Internet y en prensa, aunque alguna de ella contiene información contradictoria que simplemente despista y desorienta a interesado.
Aquí les ofrecemos las respuestas a las preguntas más frecuentes de nuestros clientes sobre el otorgamiento de la denominada Golden Visa y/o la residencia para los que invierten dinero en inmuebles en España.
¿Qué es la Golden visa?
La Golden Visa es el término coloquial utilizado para referirse al visado de residencia destinado a inversores en España, establecido por la reciente legislación de apoyo a inversionistas extranjeros.
¿Quién puede solicitar la Golden visa?
Cualquier ciudadano extracomunitario (no perteneciente a la Unión Europea) que desee realizar una inversión en el sector inmobiliario en España por un valor mínimo de 500,000 euros, excluyendo impuestos sobre la transacción. El inmueble debe estar libre de cargas, lo que significa que no se puede utilizar financiamiento externo (hipotecas, préstamos, etc.). El capital destinado a la compra debe provenir de fuera de España.
¿La compra tiene que ser efectuada exclusivamente con fondos propios?
Para solicitar la Golden Visa, es necesario comprar inmuebles en España por un valor mínimo de 500,000 euros. La parte inicial de 500,000 euros debe ser financiada exclusivamente con fondos propios, mientras que cualquier cantidad adicional por encima de ese monto puede ser cubierta con financiamiento externo, como una hipoteca. Por ejemplo, si un inmueble cuesta 800,000 euros, los primeros 500,000 euros deben ser pagados con fondos propios, y los 300,000 euros restantes pueden ser financiados con una hipoteca.
¿Dónde se solicita el visado de inversores?
La Golden Visa se solicita en el Consulado de España en el país de procedencia del solicitante.
¿Qué documentos hay que presentar para la Golden Visa en España?
- Dos ejemplares de un formulario de solicitud de visado nacional de España. (Visado Tipo D, Código RIV).
- Dos fotografías en color recientes, con fondo blanco, 3,5 х 4,5 cm.
- Pasaporte ordinario con al menos un año de validez y fotocopia de todas las páginas.
- Documento de identidad del país de procedencia y su fotocopia.
- Certificado de antecedentes penales con la apostilla de La Haya y traducción jurada oficial.
- Documento de seguro de salud con al menos un año de validez otorgado por una compañía aseguradora acreditada en España.
- Comprobación de recursos económicos suficientes durante el período de residencia en España. La ley no indica ningún importe mínimo para tener en la cuenta, para eso existe una fórmula aplicada a los extranjeros que optan a residencia no lucrativa. Es 400% IPREM por un mes para el solicitante, es decir, no menos de 25.560,48 euros al año. Además, 100% de IPREM por un mes para cada miembro de familia, es decir, no menos de 6.390,13 euros para el cónyuge y cada hijo/hija menor de edad, los importes indicados son el mínimo. Es preferente tener los importes en un banco en el territorio de España, aunque no es obligatorio.
- Certificado de Registro de la Propiedad con código de verificación electrónico otorgado no antes de 90 días antes de presentar los documentos.
- Original del contrato notarial de compraventa comprobando la inversión en los bienes inmuebles por valor mínimo de 500.000 euros libre de cargas.
- N.I.E.
¿Tengo que presentar los documentos personalmente u otra persona puede hacerlo con una autorización?
La ley no obliga al solicitante presentar los documentos personalmente. Una persona acreditada puede hacerlo por el solicitante.
¿Cuál es la diferencia entre el visado de inversores y el visado ordinario a largo plazo?
El visado de inversores tiene una duración de un año. La ventaja del visado de inversores sobre los visados turísticos es que no hay restricción en los días de estancia en España durante este período, es decir, no se limita el derecho a permanecer en España a solo 90 días cada seis meses.
¿Durante qué período de tiempo tengo que entrar en el territorio de España al obtener el visado de inversores?
El visado de inversores no obliga al solicitante entrar en el territorio de España durante los primeros 90 días desde el momento de la entrega del documento. Puede llegar a España en cualquier momento durante el plazo de vigencia del visado.
¿Tengo que solicitar un T.I.E. al llegar a España?
Teniendo la Golden Visa, usted puede residir en el territorio de España durante un año sin necesidad de solicitar un T.I.E. (tarjeta de identidad del extranjero). Es bastante tener el visado de inversores en el pasaporte.
¿Mi familia puede solicitar los documentos junto conmigo?
El cónyuge oficial (incluso la pareja de hecho), los padres y los hijos del inversor inmobiliario pueden solicitar el visado y la residencia de inversores junto con él o ella. La vigencia de estos documentos dependerá de lo más importante: de la manutención de vigencia del visado o de la residencia del mismo inversor. Es decir, al vencer el visado o la residencia del inversor, los visados o residencias de los miembros de su familia vencerán igualmente.
¿Mis hijos mayores de edad pueden solicitar los documentos junto conmigo?
Según la última modificación de la ley, los hijos mayores de edad de los inversores pueden solicitar los documentos sólo en caso de depender de sus padres y todavía no han creado sus propias familias.
Habiendo obtenido el visado o la residencia de inversores, ¿me hago contribuyente en España?
Ni el visado de inversores, ni la residencia de inversores automáticamente le hace contribuyente en España. Para ser considerado contribuyente, es necesario estar en el territorio del país al menos 183 días al año. Ninguno de estos documentos le obliga a estar algún plazo mínimo en el territorio de España.
¿Es posible obtener la residencia a largo plazo y la ciudadanía española posteriormente?
Si lo desea, es posible presentar los documentos para la residencia de larga duración al pasar los primeros 5 años, y 10 años después ya se puede solicitar la ciudadanía española. No obstante, es importante darse cuenta de que, en este caso, los períodos de ausencia en el territorio de España en total tienen que equivaler a no más de 10 meses por cada 5 años. Así que, existen dos opciones:
1) Si no quiere hacerse contribuyente y no desea solicitar la residencia de larga duración y la ciudadanía española: puede solicitar y prolongar la residencia de inversores y estar en España menos de 183 días al año.
2) Si su primer objetivo es mudarse a España para vivir permanentemente: puede obtener la Golden Visa, pagar tasas, prolongarla, al pasar 5 años obtener la residencia de larga duración y al pasar 10 años obtener la ciudadanía española.
¿El objeto de compra tiene que ser sólo un inmueble residencial, o, por ejemplo, una oficina o un terreno?
La frase “bienes inmuebles en España” se entiende en el sentido amplio por la nueva ley. Incluye: propiedades residenciales, objetos comerciales, terrenos, parkings, oficinas, incluso instalaciones de fábricas. Pueden ser inmuebles nuevos, de segunda mano, en construcción, además de terrenos dentro o fuera de la ciudad.
¿Sólo un inmueble o también varios inmuebles se consideran un objeto de inversión?
Uno o más objetos por valor mínimo de 500.000 euros en total sin tasas se consideran una inversión.
¿Se puede formalizar una compra para una empresa y también obtener el visado o la residencia de inversores?
Las inversiones en inmuebles se pueden efectuar a nombre de una empresa. La dirección jurídica de esta compañía no puede ser registrada en los denominados “países de paraísos fiscales”. Para solicitar el visado o residencia de inversores, el solicitante tiene que tener participaciones de control.
¿Puedo alquilar los inmuebles adquiridos en España?
Sí, se pueden alquilar los inmuebles adquiridos en España.
¿Si compré inmuebles por el precio indicado antes de la publicación de la ley, ¿puedo solicitar el visado o la residencia de inversores?
Desafortunadamente, la ley no tiene efecto retroactivo, así que los inmuebles adquiridos en España antes de la publicación de la ley (el 28 de septiembre 2013) no se considerarán inversiones que dan derecho a obtener la Golden Visa.
Si he comprado una propiedad por un precio menor que el indicado abajo antes de la publicación de la ley y después de su publicación compré inmueble(s) por el precio que faltaba, ¿puedo solicitar el visado o la residencia de inversores?
En este caso, el Consulado de España niega la Golden Visa, argumentándolo por insuficiente volumen de inversiones. Como mencionado antes, la ley no tiene efecto retroactivo y los inmuebles adquiridos en España antes del 28 de setiembre 2013 no se consideran inversiones otorgando derecho de obtener el visado o la residencia de inversores.
Hola
HA mensionado que esta Ley no tiene retroactividad. ¿Donde lo puedo consultar de dicho requisito?
Hola Elena.
El ministerio de asuntos exteriores publica unas recomendaciones en su site:
https://www.exteriores.gob.es/Consulados/londres/en/ServiciosConsulares/Paginas/Consular/Visado-de-inversor.aspx
Esperamos te sean de ayuda.